Facturar con empresas que pagan por PayPal

Hola a todos,

mi nombre es María Paz Larenas. Soy traductora en inglés, alemán y castellano. Soy chilena y hace un tiempo me vine a vivir a España. En febrero de este año me he dado de alta como autónoma y aún hay muchas cosas de esta forma de trabajo que no me quedan claras, ya que en mi país es distinto y, de hecho, mucho más sencillo. ¿Cómo se declaran los ingresos si trabajo con una empresa que paga por medios como PayPal? ¿Vale la pena o se va todo en impuestos?
Quedo atenta a sus respuestas.

Un saludo a todos.

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Hola Paz:

Soy Julia y llevo más de 10 años trabajando como autónoma. Este último año (por fin), me he animado a hacer un curso curso sobre asesoría fiscal y tributaria porque, como bien has comentado, es difícil tener todo claro según está la legislación en España.

Si he leído bien entre líneas, no controlas mucho de impuestos.

En ese caso, te recomiendo que:

Opción A: valores si facturas lo suficiente como para ser autónoma. A lo mejor, hasta que tengas un volumen considerable de trabajo, puedes facturar a través de alguna cooperativa de profesionales (tu no tienes que ser autónoma y la cooperativa se queda, a cambio, con un porcentaje de cada factura).

Opción B: acudas a una gestoría porque, aunque al final no es para tanto, entender el funcionamiento del régimen de autónomos y las diferentes obligaciones que conlleva puede acabar siendo confuso y, si no se realizan bien todas las presentaciones, puedes enfrentarte al pago de multas.

Opción C: consigas el certificado digital para poder hacer las presentaciones online y realices algún curso para poder encargarte tú misma.

Elijas la opción que elijas, ten en cuenta que ser autónomo conlleva MUCHAS OBLIGACIONES y, lo último que te recomiendo, es que las desatiendas.

En cuanto a tu pregunta sobre la forma de pago “PayPal”, no veo que haya ningún problema. Tranquila, Hacienda te controla todo. Lo que sí que tienes que saber es donde está domiciliada esa empresa (dentro o fuera de la UE, por ejemplo). En la factura, puedes hacer constar en forma de pago: “PayPal”.

Y en cuanto a tu última pregunta, creo que contesté al principio: valdrá la pena si tienes una facturación suficiente. De tu facturación mensual, quita el IVA que vas a tener que devolver, calcula el IRPF anual que vas a declarar y la cuota mensual de autónomos. Luego, te toca a ti decidir si el beneficio es suficiente como para que te merezca la pena.

Saludos a todos. Acabo de unirme (y de contribuir por primera vez).

Julia

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¡Hola!

Muchas gracias, @Paz_LareQ y @Julia_10 por participar. Nos encanta que lleguen consultas de todo tipo, incluso de fiscalidad. De hecho, hemos creado una categoría nueva de fiscalidad tras ver este hilo. :slight_smile:

En cuanto a la consulta, aunque no soy ningún experto, pienso como @Julia_10. Pide los datos fiscales a esa empresa y crea tus propias facturas. Intuyo por tus palabras que quizá la empresa no quiere que le envíes facturas porque tiene un funcionamiento interno distinto, pero mi consejo es que las crees igualmente para declarar esos ingresos en España y cubrirte las espaldas.

Al cliente le puedes decir que necesitas sus datos fiscales para declarar tus ingresos. Seguro que no tendrán problema en dártelos. Ah, y si el cliente es de la UE, pregunta también si tienen IVA intracomunitario para ponerlo en la factura.

Un saludo.

Se declaran igual que si te lo ingresan en tu banco. Debes llevar tu contabilidad de ingresos y gastos independientemente del medio de pago.

El tema de Paypal es la comisión que te cobran (en función del tipo de cuenta que tengas). Esas comisiones las puedes meter en tu declaración anual de IRPF como gastos.

Ya de ti depende valorar si al usar Paypal le tendrías que subir algo la tarifa al cliente o repercutírsela de alguna otra forma.

En principio, eres tú la que pone las condiciones de pago. O la que las acepta en última instancia.

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Muchas gracias a todos por sus respuestas. Me alegra que mi duda haya dado pie a crear un nuevo tema en este foro.
Ya he hecho 5 facturas desde que soy autónoma, ya me manejo con lo del IVA y el IRPF, lo que aún no tenía claro era lo de PayPal, ya que tengo una cuenta, pero está asociada a mi banco de Chile, no al de España. Quizás es mejor hacer otra y vincularla a mi cuenta de aquí, para no tener problemas con Hacienda Todopoderosa, jeje.

También me enteré más tarde que para poder trabajar con clientes extranjeros, especialmente de la UE, debo darme de alta también en algo llamado ROI (que madre mía, no basta con darse de alta como autónomo), ¿cómo es ese trámite?

Saludos y nuevamente gracias.

Hola de nuevo, Paz:

Viendo la situación tan compleja que tienes de cuentas y lío sobre facturación, creo que el mejor consejo que puedo darte es que te busques una buena asesoría fiscal que te ayude a poner todo en orden y resolver tus dudas.

Yo en su día contraté a una asesoría que se encarga de hacerme todas las declaraciones trimestrales del IVA junto con la declaración de la renta, además de resolver las dudas y problemas que me puedan surgir a la hora de facturar a clientes extranjeros o en situaciones que no controle. Pago solamente 40 € al mes y vivo tranquilo, así que creo que merece la pena, aunque entiendo que no todos puedan/quieran permitírselo.

En cualquier caso, a ver si alguien puede arrojarnos algo de luz sobre el ROI. A mí no me suena de nada… Yo lo más parecido que conozco es el IVA intracomunitario, en el que hay que darse de alta para colaborar con clientes de países que no sean España pero formen parte de la UE.

Siento no poder aportar más información… :sweat_smile:

Un saludo.

Hola, Rafa.

Había pensado en algún gestor, pero de momento no puedo permitírmelo, por eso lo he descartado de momento. Llevo dos años en España y recién este año me di de alta como autónoma, porque antes no tenía clientes y no valía la pena pagar la cuota. Ahora tengo un cliente más o menos recurrente, pero claro, es variable y necesito encontrar más clientes para pagar la cuota y vivir con lo que me sobre…

Con respecto al ROI que mencioné, según este artículo es el mismo impuesto intracomunitario que dices: https://www.rusalia.com/iva-irpf-facturas-traductor-autonomo/

Perdonen que haga tanta pregunta, pero quiero aprender para poder hacerlo por mí misma, ya que de momento no puedo pagar a un gestor.

Saludos.

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¡Hola a todos!

Ya veo que está todo resuelto, o eso creo, pero aunque sea algo diferente al tema original, si tienes pocas facturas y crees que alguien te puede echar una mano, realmente no es taaaan complicado como nos venden llevar todas las gestiones.

Yo uso este libro de Excel y es básicamente DIOS, porque hasta te crea archivos que los puedes importar en los modelos correspondientes de Hacienda (130 de IRPF y 303 de IVA, entre otros). Igualmente, te lo presenta todo en el mismo formato de los modelos por si lo quieres hacer manualmente o no te va bien.

Al principio cuesta y es normal tener miedo, pero una vez que aprendes, si tienes una hoja como esa, de verdad que presentas los impuestos y la declaración de la renta anual muy rápido. A día de hoy podría contratar un gestor sin problema, pero personalmente me gusta llevar bien mis cuentas. A nivel de trámites, no pierdo mucho tiempo, es casi siempre hacer lo mismo. En caso de duda, miro lo que presenté el trimestre o año pasado y ya está porque las casillas apenas varían de un año a otro. Y cuando cambian, es cuestión de informarse un poco en Internet.

En cuanto al ROI, sí, es básicamente para poder como facturar como operador intracomunitario y así no aplicar IVA a clientes de la Unión Europea. Es realmente sencillo; solo tienes que volver a presentar el modelo 036 que ya presentante para darte de alta como autónoma y marcar una casilla que hay algún lado para solicitar el alta en el ROI.

Al parecer, hay que hacer esto:

Si vas a realizar operaciones intracomunitarias debes tener muy en cuentas que a la hora de tramitar tu alta en Hacienda presencial u online mediante el modelo 036 has de solicitar tu alta en el ROI en la casilla 582 de la página 5 del modelo. A la hora de darte de baja tendrás que marcar la casilla 583. Tampoco debes perder de vista la casilla 584 para indicar la fecha prevista para tu primera operación intracomunitaria.

Ahora bien, en caso de que vayas a solicitar el alta en el ROI tras tu alta en Hacienda como autónomo has de marcar la casilla 130 de la página 1 entendiéndose como una modificación y marcar las casillas 582 y 584.

Lo he sacado de: https://infoautonomos.eleconomista.es/tramites-alta-autonomo/alta-en-el-roi/

¡¡Por cierto!! Aunque no factures el IVA a clientes intracomunitarios, sí estás obligada a informar sobre este IVA. La hoja esta que te he puesto es una gran ayuda porque también te lo calcula si pones un 2 en la casilla correspondiente de cada registro de ingreso.

Sea lo que sea, si no lo has hecho ya, te recomiendo que te saques un certificado digital para presentar cualquier cosa por Internet: Cert. Electrónico Ciudadano - Sede. Tendrás que rellenar unas cosas y pedir cita en una oficina para que te den de alta, pero créeme que merece la pena porque te olvidas de visitar oficinas y demás. Creo que ahora hay un PIN digital llamado Cl@ve o algo así, míralo por si acaso, pero yo llevo usando el sistema del certificado digital desde que me di de alta como autónomo en 2008 y siempre me ha ido todo bien, es muy seguro.

A pesar de todo, tómate esto como algo informativo y no como asesoramiento legal. Si no estás segura, merece la pena quitarse de problemas con un gestor. Solo digo que no es tan difícil si le dedicas un tiempo. :slight_smile:

¡Espero haber aportado algo! :slight_smile:

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¡¡¡Muchísimas gracias @pmstrad!!! Muy útil la información que has entregado. Ya cuento con el certificado digital, así que miraré eso.
Y, no se lo tomen como crítica al país, no tengo nada en contra de España, ya que es mi segundo país, pero encuentro que aquí hay demasiada burocracia. En Chile claro que también la hay para según qué trámites, pero, por ejemplo, cuando empecé a ejercer como traductora (en 2014), solo había que darse de alta en el Servicio de Impuestos Internos (SII) para poder hacer boletas (facturas), y el trámite se podía hacer en línea, no era necesario ir a una oficina, y listo. Allá no existe el régimen de autónomos que hay aquí en que se debe pagar una cuota mensual independiente de lo que se gane. El tema era así: yo emitía una boleta (que se hace dentro del mismo sistema del SII en la que queda ya registrada y no se debe hacer una declaración trimestral ni nada), y había dos opciones, la empresa a la que facturaba me descontaba los impuestos (que era un 10 %) o yo podía pagarlos por mí misma (en el caso de que facturara a algún particular), y en abril de cada año se hacía la declaración de impuestos, que era solo meterse al sistema y corroborar que todas las boletas registradas eran ciertas, y listo, nada más de trámites. Hasta el año que yo me vine a España, el pagar por sanidad y cotizar para la pensión aún eran opcionales para los independientes/autónomos, este año ya se hizo obligatorio, pero claro, siempre todo depende de cuánto ganes, no es una cantidad fija al mes como aquí. Así que es normal que me enrede con tanto término, jeje, seguiré aprendiendo.

Saludos a todos y gracias nuevamente por la disposición.

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¡Un placer! Me alegro de haber aportado información útil. :slight_smile:

Y no te preocupes, yo también estoy de acuerdo en que España es un país de mucha “burrocracia”. :sweat_smile: El día que simplifiquen los trámites para ser autónomo y montar empresas, ese día nos irá algo mejor…

Muchas gracias por contarnos cómo es el tema de facturar en Chile. Es cierto que la cuota a veces puede suponer un gran problema, aunque dentro de lo que cabe, prefiero verlo como una forma de “espabila o no te llegará ni para trabajar”… :sweat_smile:

¡Aquí nos tienes para lo podamos aportar! :grin:

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Hola a todos:
Me gustaría darme de alta en el ROI y me han surgido un par de dudas:

  • En la casilla 584 del modelo 036, en la que hay que indicar la fecha prevista para la primera operación intracomunitaria, ¿se indica la fecha de la factura o del pago?
  • Se supone que hay un plazo de hasta tres meses para que acepten la inclusión en el ROI. ¿Y si la fecha prevista para la primera operación es anterior a esos tres meses transcurridos?
  • En https://infoautonomos.eleconomista.es/tramites-alta-autonomo/alta-en-el-roi/ he leído:
    «Es frecuente que Hacienda realice comprobaciones previas a aceptar tu alta en el ROI para verificar la necesidad de ser incluido en el registro.
    Estas comprobaciones pueden incluir la visita de un inspector de Hacienda a la sede la empresa en las semanas posteriores a la solicitud. En otras ocasiones pueden limitarse a una solicitud de documentación que acredite la existencia de proveedores o clientes que conlleven operaciones intracomunitarias.»
    ¿Qué documentos tendría que enseñarle al inspector de Hacienda en este caso? ¿Contratos con agencias de la UE? Esto lo pregunto, más que nada, porque tengo entendido que cada vez hacen más comprobaciones de este tipo al solicitar el ROI y me gustaría estar preparada. De hecho, he leído que a algunos colegas les han rechazado la solicitud :frowning:
    Muchas gracias de antemano :slight_smile:

¡Hola, @Anuska!

Te recomiendo que lo verifiques si puedes con Hacienda porque no soy asesor fiscal, pero por mi experiencia:

En mi opinión, no creo que sea importante la fecha porque conozco a gente que se da de alta en el ROI automáticamente al hacerse autónomo y a lo mejor no tiene una operación intracomunitaria hasta 6 meses después. Si tienes pendiente una operación intracomunitaria, pondría la fecha de la factura en todo caso. Y si no tienes nada previsto aún, no debería pasar nada por poner, por ejemplo, la semana que viene.

Esto lo desconocía. Por experiencia propia y la de dos personas más, estaba todo listo en un plazo de una semana (Hacienda te envía una carta si no recuerdo mal para informarte de que ya estás en el ROI).

Puedo equivocarme, pero creo que mientras seas un “simple” autónomo, dudo mucho que vayan a hacerte una inspección, a menos que factures miles y miles de euros previamente. No les saldría a cuenta básicamente.

En todo caso, si te solicitan documentos, te lo dirá la misma Hacienda. Hace años me hicieron una inspección por pedir que me devolvieran bastante IVA y me pidieron todas las facturas de ingresos y gastos, así como mi libro de registro de ingresos y gastos (que es justamente la plantilla que menciono más arriba y que vuelvo a enlazar aquí). Menudo estrés, por cierto; menos mal que no hubo ningún problema, ja, ja, ja. :smiley:

¡Espero haberte ayudado! :slight_smile:

Gracias, Pablo, por toda la info. Cómo se nota que te autogestionas como autónomo y, por lo que veo, lo haces de maravilla. :slight_smile:

Con este mensaje solo quería matizar que, al ser esta última una consulta un poquito distinta de la inicial (facturar con empresas que pagan por Paypal), quizá habría sido conveniente crearla en un hilo distinto. Lo comento para que no se cree un precedente y que se acaben formulando otras dudas de fiscalidad dentro de este mismo hilo. En lugar de eso, lo más idóneo sería crear un hilo nuevo y asignarle la categoría «Fiscalidad».

Perdonad si soy tiquismiquis, pero creo que es importante que hagamos un uso adecuado y ordenado del foro. :slight_smile:

Un saludo.

Je, je, sí, la verdad es que me gusta gestionarme las cuestiones fiscales y de finanzas personales. Así sé en todo momento cómo va la cosa a nivel del negocio. :wink: Pero vaya, nada como un gestor si te da pereza o te parece complicado. :slight_smile:

Sí, quizás tienes razón. De hecho, igual se puede crear ya el hilo y enlazar la respuesta o mensajes para que quede constancia. Así quizás será más fácil de buscar de cara a gente que tenga la misma duda y así está todo centralizado. :slight_smile: